Calcula tu CTS del semestre (se deposita en mayo y noviembre) con la fórmula oficial.
La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) se deposita en mayo y noviembre. Se calcula sobre la remuneración computable: tu sueldo, más la asignación familiar (si te corresponde) y un sexto de la última gratificación.
Si no colocas tu gratificación, la calculadora estima el sexto como sueldo ÷ 6 (referencial). El depósito de mayo cubre noviembre–abril; el de noviembre cubre mayo–octubre.
Cálculo referencial (D.S. 001-97-TR). Tu monto puede variar según conceptos computables. Consulta a tu área de RRHH.
Dentro de los primeros 15 días de mayo y de noviembre de cada año.
El sueldo, la asignación familiar (si corresponde) y un sexto de la última gratificación, además de otros conceptos regulares.
Los trabajadores de la microempresa (acogida al régimen MYPE) no perciben CTS; en la pequeña empresa se paga la mitad.